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VÍAS DE RECLAMACIÓN.

En el caso de publicidad ilícita existen dos vías de reclamación:

- A través de la Administración Pública de Consumo
- A través de los Juzgados y Tribunales de Justicia.

Para reclamar a través de la Administración, el consumidor puede solicitar una Hoja de Reclamaciones al establecimiento que haya incurrido en dicha publicidad ilícita. Después habrá de presentar dicha Hoja en el registro público correspondiente.

Si lo que deseamos es que dicha publicidad cese cuanto antes o sea rectificada, la vía más efectiva es la judicial, acudiendo a los tribunales personalmente o a través de asociaciones de consumidores que estén legitimadas por la Ley para ejercitar las acciones de cesación y rectificación. Igualmente, podemos interponer una denuncia en el juzgado más próximo para que el Ministerio Fiscal, si lo estima oportuno, ejercite dicha acción.

En cualquier caso, es importante acompañar a las denuncias o peticiones la documentación que certifique nuestra "versión de los hechos". Conviene presentar los folletos publicitarios, anuncios recortados de los medios de comunicación escritos o de las grabaciones de los spots radiofónicos y televisivos.

Previamente al inicio de la vía judicial, tanto el consumidor directamente como las asociaciones de consumidores y la administración de Consumo pueden solicitar por escrito al anunciante que cese la publicidad o sea rectificada. Existe un plazo de 15 días desde que haya recibido la petición, para que el anunciante comunique su voluntad de avenirse a la petición o para negarse a ella. Si no contesta, se entiende que hace caso omiso de la petición.

En el caso de la publicidad por correo, cuando recibimos en nuestro buzón de correspondencia cartas, folletos o catálogos de publicidad con nuestro nombre y dirección nos preguntamos quién tiene nuestros datos, cuáles son y para qué los utiliza.


En relación a los ficheros de datos informatizados que se usan para la publicidad personalizada por correo, la legislación de protección de datos nos reconoce los siguientes derechos:

Cuando nos soliciten datos personales, tenemos DERECHO DE INFORMACIÓN, entre otras circunstancias, sobre la existencia del fichero, de su finalidad, de los destinatarios de la información y de la identidad y dirección del responsable del fichero.

El DERECHO DE ACCESO, que consiste en la facultad de solicitar información al responsable del fichero sobre qué datos tiene, cómo los ha conseguido, a quiénes se han cedido y para qué se han almacenado.

Los DERECHOS DE RECTIFICACIÓN Y CANCELACIÓN, que consisten en la capacidad de solicitar al responsable del fichero a rectificar o, en su caso, cancelar nuestros datos de carácter personal cuando resulten incompletos o inexactos, o bien sean inadecuados o excesivos.


En todo caso, salvo que lo consintamos expresamente, no pueden informatizarse datos sobre nuestra ideología, religión, creencias, origen racial, salud o vida sexual.

En el caso de vulnerarse nuestros derechos de información, acceso, rectificación o cancelación de nuestros datos en ficheros informatizados, podemos dirigirnos a la Agencia de Protección de Datos, que tiene competencias para investigar las reclamaciones presentadas en materia de abuso de la informática, pudiendo sancionar a los responsables de los ficheros que incumplan sus obligaciones legales. Asimismo, puede facilitarnos información sobre los ficheros registrados en la Agencia (tales como su finalidad, responsable, dirección, cesiones previstas, etc.) pero no dispone de los datos personales registrados en cada fichero.

En cuanto al origen de dichos datos, la propia Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en su art. 31 habla del "CENSO PROMOCIONAL", que es elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y está formado por los datos de nombre, apellido y domicilio que constan en el censo electoral. Cada lista que sea pedida a dicha oficina del censo promocional, tendrá una validez de un año como fuente de acceso público.

Es decir, es legal pedir listados a este organismo y hacer campañas de marketing con dichos datos. Si no queremos aparecer, debemos remitir escrito a cada empresa que nos mande su publicidad, solicitando que cancelen nuestros datos. Si no consta comunicación previa a la empresa para cancelar nuestros datos, no podemos acudir a la Agencia de Protección de Datos para denunciarlo.