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Consejos de la OMIC para este verano

30 Jun 2010

 

CONSEJOS DE LA OMIC PARA ESTE VERANO

 

 

  • Alimentación:
  1. Hay que prestar especial cuidado con el consumo de salsas y mahonesas. Los establecimientos tienen la obligación de servir estos productos envasados y no elaborados de forma casera.
  2. Leer atentamente las etiquetas de los alimentos, respetando tanto las fechas de caducidad como las normas de conservación y preparación.
  3. Realizar la compra de congelados al final de las compras, utilizando bolsas isotérmicas para su traslad, conservándolos siempre por debajo de los 18ºC. Además, cualquier alimento descongelado nunca se debe volver a congelar.

  • Agua:
  1. Las piscinas públicas dispondrán siempre de especialistas en socorrismo y salvamento durante las horas de apertura al público.
  2. El cuidado de los niños en las piscinas públicas, no son responsabilidad de ningún socorrista.
  3. El reglamento de uso interno de las piscinas públicas, recoge las normas de obligado cumplimiento por parte de los usuarios para una correcta utlización de las instalaciones.
  4. Los puntos de baño son lugares señalados en un término municipal, donde existen aguas superficiales de ríos, embalses o lagunas y está permitido el baño de personas.
  5. Las zonas de aguas de baño deben de estar censadas y controladas por la autoridad competente.
  6. Se deben de seguir las indicaciones de áreas reservadas para baño, lo que mejorará las condiciones de uso y disfrute de esas zonas.

  • Sol y Altas temperaturas:
  1. Evitar las exposición al sol entre las 12 y las 16 horas.
  2. Proteger el cuerpo de la exposición directa del sol mediante la aplicación de cremas solares (filtros de protección UVA y UVB, factor no inferior a 15), empleo de sombrillas y sombreros, y beber abundantes líquidos.
  3. Bajar las persiana y no abrir las ventanas en las horas centrales del día (temperatura exterior más alta).
  4. Hacer comidas ligeras, como ensaladas, frutas, verduras, gazpachos o zumos.
  5. Evitar la actividad física al aire libre en las horas más calurosas del día.
  6. Procurar estar a la sombra y utilizar ropa ligera, gorros y sombreros. El calzado ha de ser fresco, cómodo y que transpire.

  • Alojamientos Turísticos:
  1. La agencia de viajes debe de informar de los precios de los servicios que se han solicitado mediante una hoja en la que aparecen los datos del grupo (nombre, grupo y categoría del establecimiento), la identificación del alojamiento, el precio de la unidad de alojamiento y las fechas de entrada-salida.
  2. En los campings se ha de comprobar la categoría del mismo antes de ir; el pago es por persona, por instalación de tienda/caravana, por vehículo y por servicios prestados.
  3. Informarse de las condiciones de zonas de acampada libre, diferentes según la Comunidad Autónoma.
  4. Fijarse a la hora de alquilar un apartamento, sobre todo en la realización del contrato; si se negocia con una empresa o particular, se ha de especificar la duración del mism, además del emplazamiento, el equipamiento, los servicios e instalaciones disponibles, los posibles gastos (luz, agua, gas, instalaciones, limpieza...) y la fianza a depositar. El contrato es la garantía en caso de denuncia.

  • Viajes Internacionales:
  1. Las vacaciones que tengan como destino un país exótico o tropical, tienen el riesgo de exposición a enfermedades diferentes a las que existen en nuestro entorno habitual. Es conveniente conocer los riesgos y tomar medidas preventivas, para lo cual se debe de consultar con un Centro de Vacunación Internacional, donde se facilitará información sobre vacunas obligatorias y recomendadas.
  2. En viajes combinados contratados con agencias de viaje, esta deberá de poner a disposición del consumidor un programa en el que esté contenida la información correspondiente a los destinos, conexiones... siendo su contenido vinculante salvo que los cambios se hayan comunicado claramente al consumidor por escrito antes de la celebración del contrato y modificaciones por escrito previo acuerdo de las partes.
  3. El contrato de viaje ser realizará siempre por escrito, informando al consumidor de las cláusulas y recibiendo por escrito una copia del mismo una vez formalizado. En caso de modificación, el organizador tendrá que comunicar la modificación inmediatamente, pudiendo el consumidor optar por resolver el contrato (con el reembolso de todas las cantidades pagadas) o aceptar la modificación del contrato y su repercusión en el precio.
  4. Cualquier subida de precios en el contrato de viaje dentro de los 20 días anteriores a la salida es nula, además de ser nulas por abusivas las cláusulas que permitan a la agencia interpretar o modificar unilateralmente el contrato.
  5. En caso de la cancelación del contrato por parte de la agencia, el consumidor tiene derecho a una indemnización por incumplimiento de contrato: 5%, 10% ó 25% del precio total, en función de cuando se comunique la cancelación.