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Plan Renove Ventanas

25 Jun 2010
Se han convocado las ayudas para la sustitución de ventanas, cuyos destinatarios son:
 
  • Personas físicas o jurídicas, incluidas las comunidades de bienes o comunidades de propietarios que asuman directamente el coste de las actuaciones subvencionables.
  • Diputaciones Provinciales, Ayuntamientos y entidades locales de ámbito inferior al municipio, que sustituyan las ventanas de las viviendas, establecimientos destinados al sector terciario o edificios públicos.
Los requisitos exigidos por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha son:
 
  • Domicilio fiscal en Castilla-La Mancha.
  • No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el art. 13, apdos. 2 y 3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • No estar incursos en los supuestos de incompatibilidad contemplados en la Ley 11/2003 del Gobierno y del Consejo Consultivo de CLM.
  • Estar al corriente en sus obligaciones de reintegro de subvenciones, tributarias y frente a la Seguridad Social.

La documentacion que es necesaria aportar:

 
En todo caso, la solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:
  1. Copia del DNI o NIF.
  2. Certificado de empadronamiento, en el caso de viviendas particulares.
  3. Memoria técnica de la empresa instaladora. (Anexo III)
  4. Certificación acreditativa de estar al corriente de reintegro de subvenciones, tributarias y Seguridad Social. (Anexo IV).
  5. Marcado CE de la carpintería instalada.
  6. Ficha de terceros. (Anexo V).
  7. Duplicado o copia factura de adquisición e instalación de las nuevas ventanas o cristales, expedida por la empresa instaladora.
  8. En el caso de comunidades de propietarios, se presentará, además, certificación del Secretario de la misma, acreditativa de la condición de Presidente de la Comunidad por parte del firmante de la solicitud, así como acuerdo adoptado por la Junta de Propietarios aprobando las inversiones requeridas y la solicitud de la subvención.
Se consideran como actuaciones susceptibles de ayuda:
  1. La sustitución de ventanas en su conjunto (marco y acristalamiento).
  2. La instalación de dobles ventanas, considerando como tal los casos en los que ya exista una ventana, que no se modifique, y se añada una nueva ventana exterior.
  3. La sola sustitución de cristales.
En el DOCM: 12/05/10, Orden de 04/05/2010, por la que se convocan las ayudas del Plan Renove de Ventanas Castilla-La Mancha 2010, en el marco del Plan de Acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética 2008-2012, destinadas a la sustitución de ventanas por otras de mayor eficiencia energética, y se establecen las bases reguladoras de la concesión de las mismas.
 
El plazo de resolución son dos meses desde la presentación de la solicitud, las cuales se podrán presentar en:
  • en cualquier registro perteneciente a la Administración del Estado, a la de las Comunidades Autónomas, y a la de aquellas Entidades Locales que hubieran suscrito el oportuno Convenio
  • en las oficinas de correos
  • en cualquier otra forma prevista por ley

 

Más info en Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente, Avda. Río Estenilla, s/n. 45.071 - Toledo. Teléfono: 925.267.800