tamaño de letra

Aumentar tamaño Disminuir tamaño Reestablecer valores iniciales
Preguntas frecuentes

Preguntas Frecuentes

Preguntas Frecuentes - FAQ's

Alertas de Consumo

Alertas de consumo
Inicio | FAQ's | Vivienda | Hace unos años adquirí una vivienda y al venderla he comprobado que cuando la adquirí no estaba libre de cargas. ¿Qué puedo hacer después de tanto tiempo?.
Preguntas frecuentes - Vivienda
PDF Imprimir E-mail
Hace unos años adquirí una vivienda y al venderla he comprobado que cuando la adquirí no estaba libre de cargas. ¿Qué puedo hacer después de tanto tiempo?.

- Si la vivienda comprada por el usuario tiene cargas de tal naturaleza que el comprador no la hubiese adquirido de haber conocido dichas cargas y las mismas no se mencionan en las escrituras, el comprador podrá pedir una indemnización por daños y perjuicios durante un año a contar desde el día en que se haya descubierto la carga o servidumbre.

- Si se descubren las cargas durante el primer año después de la firma de las escrituras, el comprador podría optar por una indemnización o por la rescisión del contrato.