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| ¿Pueden cobrar los bancos comisiones por cualquier servicio?. |
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Las entidades bancarias pueden establecer libremente las tarifas de comisiones, gastos y condiciones aplicables a sus clientes, siempre que reúnan ciertos requisitos: 1. Que indiquen en folletos redactados de forma clara y concisa las tarifas de comisiones, estando éstos a disposición de los clientes. 2. Todas las comisiones deben ser por pago de un servicio efectivamente prestado por la entidad bancaria, que el usuario haya solicitado o aceptado. 3. No obstante, las entidades bancarias no están obligadas a cobrar dichas comisiones, sino que su cobro es voluntario y en ocasiones negociable por la propia entidad. Los usuarios pueden negociar con sus entidades bancarias el establecimiento o no de comisiones por prestación de servicios. |








