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¿Qué garantía tiene un coche de segunda mano?

Si el vehículo ha sido adquirido en un establecimiento, dispone de un año de garantía mínimo para los vicios ocultos que pudieran aparecer, según lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, La reparación debe ser gratuita para el comprador si surgen defectos en el vehículo en ese plazo. No obstante si el vehículo no pudiera ser reparado, podrá solicitar la resolución del contrato y la devolución del dinero abonado por el vehículo.

Si el vehículo ha sido adquirido a un particular, no se aplicaría el mencionado Real Decreto, ya que en ese caso sería un contrato de compraventa civil y el plazo de garantía para reclamar los defectos ocultos es de 6 meses. Si el vehículo no pudiera ser reparado, el comprador podría solicitar una rebaja del precio o la devolución del importe pagado.